En caso de la muerte del asegurado a causa de un accidente y que se acredite uno o más hijos escolares o universitarios (con certificado de alumno regular), se le indemnizará un capital adicional a los hijos del asegurado (o representante legal en caso de ser menores de edad), el cual será entregado de una sola vez y será repartido en partes iguales entre los hijos declarados y acreditados al inicio del seguro. Los Hijos deben ser declarados al momento de tomar el seguro y contar con certificado de nacimiento con el nombre de los padres al momento de hacer efectivo el seguro, de lo contrario no se hará la indemnización correspondiente. La edad máxima de los hijos para hacer efectivo el seguro es 23 años y 364 días acreditando certificado de alumno regular de una entidad reconocida por el estado.






