La Compañía aplicará un deducible especial, adicional al deducible contratado, equivalente al 20% del valor comercial del vehículo asegurado, en caso de hacerse efectiva la cobertura de pérdida total a consecuencia de robo o hurto.
Este deducible especial no regirá si el vehículo asegurado cuenta con alguno de los siguientes sistemas de seguridad:
Estos dispositivos deben estar en correcto funcionamiento al momento del siniestro y pueden estar instalados de fábrica, o previamente verificados por la Compañía Aseguradora mediante la inspección del vehículo asegurado.