¿Quién presenta los antecedentes?
El beneficiario o su representante legal.
¿Cuál es el Plazo para hacer el denuncio?
Un año desde la fecha del fallecimiento.
¿Quiénes son los Beneficiarios del seguro?
1.- El o la cónyuge o conviviente civil sobreviviente.
2.- En partes iguales, a los hijos menores de edad, los mayores de edad (hasta los 24 años, que estén estudiando y sean solteros), y los hijos con discapacidad cualquiera sea su edad.
3.- Los hijos mayores de edad, por partes iguales.
4.- Los padres, por partes iguales.
5.- A falta de todas las personas indicadas, la indemnización corresponderá por partes iguales a quienes acrediten la calidad de herederos.
Importante: en el caso de los hijos menores de edad el pago se efectuará a la persona que certifique ser el representante legal conforme a la legislación vigente.
¿Qué antecedentes tengo que enviar para el pago de mi siniestro?
1- En caso de fallecimiento, certificado de defunción de la víctima, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, que señale como causa de la muerte la enfermedad COVID-19. Además de los antecedentes que acrediten legalmente la calidad de beneficiario, a modo de ejemplo, libreta de familia o certificado de nacimiento, certificado de matrimonio o certificado de acuerdo de unión civil.
2- Para facilitar el pago de la indemnización por fallecimiento el solicitante deberá acreditar que no existen beneficiarios con mayor prioridad que él para el pago del seguro, de acuerdo con el orden de precedencia estipulado. Bastará para dicha acreditación, la presentación de una declaración jurada ante notario público.
3- Otros antecedentes que sean necesarios para el proceso de liquidación, que serán solicitados oportunamente por el liquidador asignado.